Corte de Copiapó confirma condena de ex administrador municipal de Tierra Amarilla por fraude al fisco

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó hoy –miércoles 16 de junio– el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a su representado, el ex administrador municipal de Tierra Amarilla Jaime Hernán Bahamondes Cabrera, a 300 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena por el término de un año, en calidad de autor del delito consumado de fraude al fisco. Ilícito perpetrado en diciembre de 2014.

En fallo unánime (causa rol 229-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aída Osses Herrera, Rodrigo Cid Mora y la abogada (i) Verónica Álvarez Muñoz– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó.

“Así las cosas, resulta conveniente establecer que la convicción es privativa de los jueces de fondo y al ser consistente, no puede ser objeto de reproche por este tipo de recursos que son de derecho estricto. Establecidos los hechos por los sentenciadores, solo corresponde revisar los aspectos jurídicos de los preceptos legales aplicables al caso, sin advertir en el caso de marras, ninguna desviación de la aplicación del derecho en el fallo impugnado, por lo que la causal propuesta de una errónea aplicación del derecho por los sentenciadores que haya influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, no concurre; no bastando una genérica alegación de una extensión del tipo penal fraude al Fisco a una figura atípica”, sostiene el fallo.

“Que, además, en la causal de nulidad propuesta por la defensa del acusado, se echa de menos la construcción de la misma, pues luego de anunciarla, transcribir algunos considerandos, citas y jurisprudencia, no desarrolla argumentativamente en qué consistió la infracción de ley y cómo ésta influyó en lo dispositivo del fallo, único aspecto en que esta Corte tiene competencia para conocer y resolver, por lo que el recurso así planteado no podrá prosperar, como se dirá en lo resolutivo del fallo”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “Se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por los defensores señores abogados, don Reynerio García de la Pastora, don Pablo Ehremberg Osorio y don Cristián Brito Gajardo, en representación del condenado Jaime Hernán Bahamondes Cabrera, en contra de la sentencia de fecha 22 de marzo de 2023, pronunciada en la audiencia de juicio oral seguida ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, la que, en consecuencia, no es nula”.

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