En un punto de prensa, familiares de los detenidos desaparecidos en el llamado episodio Tocopilla, se pronunciaron ante el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, donde sentenció a responsables del homicidio y secuestro calificado de doce víctimas, entre ellas Agustín Villarroel Carmona y Luis Segovia Villalobos.
Rodolfo Villarroel, hijo de Agustín Villarroel Carmona, ejecutado político de las víctimas de Tocopilla, se pronunció al respecto al fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Lautaro Carmona, se pronunció al respecto a la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Además, Lautaro Carmona, invita a la comunidad general en asistir en las actividades de este sábado, en conmemorar el 11 de septiembre.
Diego Alegre, integrante del Movimiento Estudiantil Popular de Copiapó, invito a la comunidad a participar de las actividades que se realizaran este 11 de septiembre en la plaza de Armas de Copiapó.
Comunicado: Episodio Tocopilla y aplicación de media prescripción a los culpables de homicidio y desaparición
La Convención Americana de Derechos Humanos, a la que Chile está suscrita, prevé derechos y libertades que tienen que ser respetados por los Estados Partes. Asimismo, la Convención establece que la Comisión y la Corte son los órganos competentes para conocer los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contraídos por los Estados partes de la Convención y regula su funcionamiento. La convención ha dicho que en crímenes de lesa humanidad y de violaciones graves a los derechos humanos (desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales) no se pueden aplicar leyes como la ley de amnistía y la prescripción de los crímenes. En Chile se ha aplicado la figura de la media prescripción, en fallos ratificados por la Corte Suprema, lo que abogados de derechos humanos llevaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Este organismo internacional en mayo de este año en un informe recomendó al Estado de Chile no aplicar la media prescripción (una medida que rebaja las penas considerablemente considerando el tiempo de ocurridos los hechos) en los casos de violaciones a los derechos humanos y le dio un plazo de dos meses para que el Estado de Chile conteste como va a dar cumplimiento a las recomendaciones, eliminando la media prescripción.
Sin embargo, el reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que sentenció el llamado episodio Tocopilla, por el homicidio y secuestro calificado de doce víctimas, entre ellas Agustín Villarroel Carmona y Luis Segovia Villalobos (ambos con origen en nuestra zona y con familiares que conforman nuestra agrupación) se volvió a aplicar la media prescripción, dando cuenta que el poder judicial y en definitiva, el Estado de Chile, no está respetando con las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para cumplir con sus obligaciones estipuladas en la Convención Americana.
La sentencia actual consiste en: condena a 15 años de presidio mayor en su grado medio a Luciano Astete Almendras, Alex Cantín Leyton, Gilberto Santiago Egaña García, como autores de los delitos reiterados de homicidio calificado de Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reynaldo Aguirre Pruneda, Freddy Araya Figueroa, Julio Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Cepeda Soto y Carlos Óscar Gallegos Santis. Y por el delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo. Asimismo, se confirma la sentencia respecto de Raúl Darío Almonacid Valdivia, quien queda condenado como autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de seis de las doce víctimas, recibiendo la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo. Y Luis Ramón Guerrero González e Ivar Liborio Muñoz Peña quedan condenados en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo a 5 años de presidio menor en su grado máximo.