Seremi de Economía reitera el llamado a pymes a postular a programa “Kit de Sanitización para Ferias Libres y Sectores comerciales”

Las postulaciones cierran este próximo miércoles 25 de noviembre a las 15:00 horas en el portal www.sercotec.cl

“Reactívate Kit de Sanitización para Ferias Libres y Sectores Comerciales” es un fondo concursable especial de convocatoria regional para apoyar a ferias libres y barrios comerciales mediante el financiamiento de acciones que promuevan la implementación de medidas sanitarias en las ferias libres y barrios comerciales para su reactivación económica, en el marco de la crisis sanitaria Covid-19, buscando con ello mejorar las condiciones y servicios comunes de las ferias y los barrios comerciales.

El programa entregará a las organizaciones que resulten beneficiarias un kit de sanitización que es dependiente del tamaño, en función del número de locales de la feria o del barrio, el cual se detalla a continuación: Kit A (hasta 30 puestos/locales): 1 lavamanos portátil, mascarillas, escudos faciales, palometas informativas, dispensadores de alcohol gel y termómetro digital sin contacto. Kit B (entre 31 y 99 puestos/locales): 2 lavamanos portátiles, mascarillas, escudos faciales, palometas informativas, dispensadores de alcohol gel y termómetro digital sin contacto. Kit C (100 o más puestos/locales): 3 lavamanos portátiles, mascarillas, escudos faciales, palometas informativas, dispensadores de alcohol gel y termómetro digital sin contacto.

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?

Pueden postular las Ferias Libres con un mínimo de 10 puestos, constituidas como persona jurídica, y que estén organizadas legalmente como asociaciones gremiales, sindicatos de trabajadores independientes, organizaciones comunitarias funcionales u otro tipo, existentes al interior de la feria.

De igual manera, Barrios comerciales, que estén legalmente constituidas, con RUT ante el SII, conformadas bajo cualquier figura jurídica; que postulen un listado de al menos 10 asociados con iniciación de actividades ante el SII y domicilio comercial en el barrio, de los cuales el 100% deberá contar con ventas netas anuales no superiores a 25.000 UF (Unidades de Fomento).

Y, por último, las Agrupaciones o Grupos de al menos 10 micro y pequeños empresarios con ventas netas anuales no superiores a las 25.000 UF (Unidades de Fomento), iniciación de actividades ante el SII y domicilio comercial en el barrio comercial, agrupadas a través de un mandato, que defina a un integrante como representante o mandatario para estos efectos.

Compartir

Facebook
Twitter
WhatsApp