Corte de Apelaciones de Copiapó orden de no innovar y suspendió la resolución dictada por el Tribunal Supremo del partido político RN

La Corte de Apelaciones de Copiapó dictó hoy –martes 27 de octubre– orden de no innovar y suspendió la resolución dictada por el Tribunal Supremo del partido político Renovación Nacional (RN), que instruyó a la directiva del conglomerado la fijación de un plazo no mayor a seis meses para la elección de una nueva directiva nacional y autoridades regionales.

En fallo unánime (causa rol 424-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aída Osses, Antonio Ulloa y Rodrigo Cid– dio por interpuesto el recurso de protección presentado por el consejero general de RN por Atacama Fernando Ghiglino Pizarro, y ordenó a Renovación Nacional, representada por el presidente Rafael Prohens Espinosa, y al Tribunal Supremo de la colectividad evacuar informes sobre la materia, en el plazo de 10 días.

«A lo principal, téngase por interpuesto recurso de protección. Pídase informe a la recurrida, el que deberá evacuarse dentro de décimo día, debiendo acompañar los antecedentes que obren en su poder (…) Al segundo otrosí, como se pide, a la orden de no innovar solicitada», consigna el fallo.

La resolución agrega: «Exhórtese a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, efectos de notificar al recurrido por receptor judicial, a costa del recurrente de la interposición del recurso, requerimiento de informe y concesión de orden de no innovar».

Fuente: Corte de Apelaciones de Copiapó

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