En relación a las candidaturas presentadas en la Región de Atacama y que dicen relación con la Resolución O- N° 042 que Acepta y Rechaza candidaturas a Consejeros Regionales, Anexo 1, Anexo 2 y Anexo 3, que se publicó en la Página web del Servicio Electoral el día 4 de septiembre 2021, cabe señalar que estas pueden ser objeto de reclamación ante el Tribunal Electoral Atacama (TER), quien ante una presentación, puede confirmar o rechazar el respectivo reclamo y ello está señalado en nuestra legislación electoral vigente.
La Directora Regional, María Isabel Barón Cailly, manifestó que las reclamaciones deben presentarse en tiempo y forma ante el Tribunal Electoral Regional y en el plazo establecido en la Ley, es decir, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la Resolución anteriormente, que se efectuó el día 4 de septiembre del año en curso.