En condiciones de pasar al Ejecutivo, para su promulgación como ley, quedó el proyecto que promueve sanciones más altas por el uso de menores en crímenes o delitos.
La propuesta, abordada conforme a un informe de comisión mixta, nació en dos mociones refundidas (boletines 11958 y 11966). En la Sala recibió un apoyo unánime de 144 votos a favor.
Para sus fines, el texto modifica el artículo 72 del Código Penal. Este refiere a la comisión de un delito en el que han intervenido una o más personas menores de 18 años de edad y mayores de 14. Así, la norma aprobada dispone que, en la evaluación de la pena a imponer en estos casos, se excluirá el mínimum o el grado mínimo de esta, según corresponda, respecto de los imputados mayores de edad que hubieren participado en él.
Asimismo, la norma determina que el consentimiento dado por el menor de 18 años no eximirá al mayor de edad de la aplicación de las reglas previstas.
La iniciativa busca preservar a los niños, niñas y adolescentes (NNA) de las influencias negativas que sobre ellos ejercen los mayores de edad. Lo anterior, al hacer responsables a estos de la utilización de menores para sus actividades delictivas.
Adicionalmente, se busca proteger el bien jurídico del resguardo de la infancia. Este se entiende como el derecho que tienen NNA a vivir una vida segura y sana y a salvo de cualquier clase de abuso, maltrato o negligencia.
Debate
La Sala condenó transversalmente el uso de menores para crímenes por parte de adultos. Consideraron la norma como un avance, sin embargo, remarcaron que debe complementarse con otras leyes.
En el debate se destacó, igualmente, que deben abordarse los factores que generan la delincuencia y proteger la infancia vulnerada. En este escenario se describieron ejemplos como el uso de menores en las llamadas “encerronas” o en situaciones de narcotráfico.