Fiscal nacional remueve al fiscal Patricio Cooper de la causa ProCultura

Durante la noche de este viernes, a través de un comunicado, el Ministerio Público informó que el fiscal nacional, Ángel Valencia, resolvió reasignar el denominado Caso Procultura a la Fiscalía Regional de Antofagasta, “atendida su complejidad y gravedad, y con el objetivo de asegurar su continuidad, objetividad y el adecuado desarrollo de las diligencias en curso”.

“Paralelamente, se ha requerido al fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, que proceda a informar sobre todos los puntos observados en el reciente fallo judicial de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, que, acogiendo un amparo, declaró ilegales diversas diligencias intrusivas solicitadas en el marco de la causa precitada”, agregó el comunicado.

Esta tarde, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta resolvió acoger el recurso de amparo presentado en representación de Josefina Huneeus, expareja de Alberto Larraín, a propósito del “pinchazo” de su teléfono y la posterior filtración de las conversaciones.

La acción legal buscaba impugnar la resolución del 16 de octubre de 2024 dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, que autorizó mantener la interceptación telefónica de Huneeus, así como también las resoluciones del 6 de diciembre de 2024 y del 10 de febrero de este año, en que se concedieron renovaciones de dicha medida intrusiva.

El fiscal Patricio Cooper, acompañado de su equipo, solicitó al tribunal autorización para interceptar las llamadas en el marco de la investigación del caso Procultura. La Policía de Investigaciones (PDI) concretó la interceptación, y fue así como se dio a conocer la conversación entre Huneeus y el Presidente Gabriel Boric.

“[…] Desconocemos el tono de voz de la amparada y del imputado Larraín, pero resulta chocante aceptar que los funcionarios policiales fueran incapaces de descubrir que se trataba de una voz femenina y no masculina. Las explicaciones dadas subestiman la inteligencia, no la de los juzgadores, sino la de cualquier ciudadano de la República, y no pueden, desde luego, validar las actuaciones en referencia”, expuso la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

Asimismo, la resolución argumentó: “Desde ya, resulta extraño que el acusador institucional se comporte como policía y no ajuste sus actuaciones a la legalidad vigente. Más anómalo resulta que la jueza de garantía no advirtiera la ilicitud ramplona derivada del actuar de los agentes policiales y decidiera acceder a la petición del fiscal, con una resolución de formato que validó las graves vulneraciones de garantías que hoy se denuncian”.

Y subrayó: “Se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del Estado”.

Fuente: www.cnnchile.com

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