Plurinacionalidad: la ideología de inspiración boliviana que triunfó el martes en la Convención

La histórica primera votación de la Convención Constitucional aprobó 14 de las 16 normas propuestas, con esto, dice el profesor de la UC Germán Concha: “Se comprobó que las locuras que se aprueban en la comisión son validadas en el pleno”.

Pasadas las 23.30 horas el pleno de la Convención Constitucional comenzó la histórica votación para definir el proyecto de nueva Constitución. Anoche, y entrada la madrugada, se aprobaron 14 de las 16 normas constitucionales en materia de sistema de justicia. Entre las normas aprobadas se encuentra el denominado pluralismo jurídico y entre las rechazadas la inamovilidad de los jueces.

En el caso del pluralismo jurídico la norma establece: “El sistema nacional de justicia coexistirá con los sistemas jurídicos indígenas. Esto pone al día a Chile con las normas del convenio 169 de la OIT y el Derecho Internacional. Además, reconoce la diversidad y el derecho propio de los pueblos”.

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Es por esto que en el programa Mirada Líbero Especial, el constitucionalista Germán Concha, junto a la investigadora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, Catalina Salem, analizaron las primeras normas constitucionales aprobadas. Parte del análisis que hace el abogado apunta a que “se comprobó que las locuras que se aprueban en la comisión son validadas en el pleno”.

«Cuando se empezaron a aprobar ciertas disposiciones en las comisiones, que llamaron particularmente la atención por el contenido, por lo que significaban o por los efectos que podían tener en el país. En general, el comentario fue ‘no se preocupen porque el pleno va a hacer algo distinto’ y, hasta ahora, es que el pleno no está haciendo nada tan distinto y eso creo que es un tema preocupante hacia adelante”, expresa el abogado.

En tanto, la también constitucionalista y académica de la UDD apunta a la plurinacionalidad como uno de los temas más preocupantes. “Detrás de la plurinacionalidad hay toda una ideología que viene de la constitución boliviana y ecuatoriana, que viene de una idolología que promueve el decolonialismo (…) detrás de la plurinacionalidad hay un discurso refundacional, que hemos visto en nuestra Convención, que promueve la decolonización, es decir, la destrucción de todas las estructuras del Estado porque provienen de una mirada colonizadora de los pueblos originarios y eso, yo creo, que no se ha transparentado en el proceso constituyente”, describe.

Plurinacionalidad e independencia de tribunales
Concha explica que hay varias normas que son preocupantes y que parten con el cambio de nombre de Poder Judicial y hablar ahora de más de un Sistema Judicial. “No hablar de Poder Judicial y decir Sistemas de Justicia ya tiene una carga muy compleja, porque uno dice ¿sigue siendo un Poder del Estado o no? Aquí parece ser que es algo que depende de otro (…) cuando los Tribunales de Justicia tienen que ser independientes”, enfatiza.

La académica coincide y cuestiona cómo podrían coexistir ambos sistemas. “¿Qué van a decir los sistemas de justicia indígena respecto de una persona perteneciente a un pueblo originario que comete homicidio bajo la base de la reivindicación de su existencia en un determinado territorio? Va a alegar que ‘sí, cometí homicidio pero lo hice bajo la base de subsistencia de mi propia cultura, de mi propio pueblo’, entonces ¿cómo se va a resolver eso?”.

Una disminución de la independencia del Poder Judicial “que es un pilar de la democracia, no existe democracia sin la independencia del Poder Judicial. Es el que debe velar por nuestros derechos, que nos permite resolver nuestros conflictos jurídicos y lo que he visto es una intención clara por minar esa independencia a través de distintas vías”, afirma Salem.

Estos “intentos”, dice Salem, guardan relación con la inamovilidad de los jueces y a través del pluralismo jurídico. “Esta norma significa que ya no existe un solo sistema de justicia, sino que existen varios. Significa, en la práctica, que van a existir distintos estatutos aplicables a distintas personas y esos distintos estatutos van a provenir de distintas culturas que nosotros desconocemos cómo son”, señala.

“Hace poco el Tribunal Constitucional comunicó que había declarado inconstitucional una norma que establecía una rebaja en la pena a aquellas personas pertenecientes al pueblo Rapa-Nui que hubiesen cometido violación, porque había un tema en la cultura Rapa-Nui que en realidad la violación a la mujer no era tan grave como que lo cometiera un chileno. Ahora, ¿cómo se responde ese argumento? y dice ‘es que el límite van a ser los derechos fundamentales’, pero esos se presta para mucho”, ejemplifica la abogada.

A esto se suma una propuesta que establecería la eliminación del Tribunal Constitucional. Esto, dificultaría el panorama ya que, según sostiene la constitucionalista, “¿quién va a resolver los conflictos que se produzcan entre los sistemas de justicia indígena y el sistema de justicia nacional?”.

Inamovilidad de los jueces
Desde la presentación de la propuesta y en la discusión en comisión la norma que proponía la inamovilidad de los jueces fue polémica. Sin embargo, en su votación en el pleno no logró incluirse entre las 14 iniciativas aprobadas, con 89 votos a favor y 62 en contra no consiguió los 2/3 requeridos y deberá volver a la comisión de Justicia para ser revisada.

La propuesta establece que: “Los jueces serán inamovibles y solo el Consejo de la Justicia podrá suspender, trasladar o remover a juezas/ces. Cesan en sus cargos únicamente al cumplirse la duración prevista para el mismo, por alcanzar los setenta años de edad, por renuncia voluntaria, por constarse una incapacidad legal sobreviviente o por remoción”.

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Para Concha, era relevante la aprobación de la norma ya que según dice “esta discusión de que los jueces tengan que tener plazos de duración es muy peligrosa porque precisamente lo que se quiere con la inmovilidad y con el carácter virtualmente vitalicio de los jueces es evitar, primero, que el juez utilice sus influencias para ser campaña para ser reelecto y que la curva de las decisiones que tenga no tenga que ver con que está pensando en que lo reelijan”.

“Empezar a decir que duran ocho años bajo un argumento que no tiene nada que ver como que los otros cargos públicos tienen duración (…) es porque son poderes políticos, pero los tribunales están para controlar a los poderes políticos. Es de esperar que la comisión ahora vuelva a la lógica clásica de lo que es la inamovilidad”, concluye el abogado.

Fuente: https://ellibero.cl/actualidad/plur…viana-que-triunfo-el-martes-en-la-convencion/

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